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Devolución de impuestos

Saldo a favor del exportador: cinco errores que retrasan la devolución

La mayoría de las solicitudes no se demoran por criterio de la administración, sino por defectos del propio expediente que pudieron evitarse antes de presentarlo.

Publicado

5 de agosto de 2026

Materia

Devolución de impuestos

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8 minutos

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El saldo a favor del exportador es liquidez que ya salió de la caja de la empresa y que la norma reconoce como recuperable. Sin embargo, entre la solicitud y el desembolso suele haber meses de requerimientos que, en la mayor parte de los casos, se podían anticipar. Estos son los cinco errores que con más frecuencia alargan el procedimiento.

Primero: no controlar el límite del periodo

El saldo a favor del exportador se convierte en Saldo a Favor Materia del Beneficio con un tope: no puede exceder de un porcentaje equivalente a la tasa del IGV, incluido el Impuesto de Promoción Municipal, aplicado sobre las exportaciones realizadas en el periodo. Lo que exceda ese límite no se pierde, pero no es devolvible en ese mes: arrastra como saldo a favor del exportador a los meses siguientes (artículo 4 del Reglamento de Notas de Crédito Negociables, Decreto Supremo 126-94-EF).

El error consiste en solicitar la devolución del saldo acumulado sin haber corrido el cálculo mes a mes. La solicitud se observa, hay que rehacerla, y se pierde el turno.

Segundo: confundir la fecha de la factura con la fecha del embarque

El beneficio se determina en función de las exportaciones embarcadas en el periodo. Una factura emitida en un mes cuya mercancía se embarcó en el siguiente no computa en el mes de emisión. Cuando el volumen de operaciones es alto y hay embarques a fin de mes, esta diferencia desplaza el límite del periodo y descuadra todo el cálculo.

La forma de evitarlo es sencilla y casi nadie la aplica: conciliar mensualmente el registro de ventas con las declaraciones aduaneras de exportación regularizadas, antes de armar el PDB.

Tercero: presentar el PDB Exportadores sin haberlo conciliado

El PDB Exportadores es la declaración informativa que sustenta la solicitud. Cuando la información del PDB no calza con el registro de compras, con las declaraciones mensuales o con los libros electrónicos, el cruce automático de la administración lo detecta y genera un requerimiento antes de cualquier análisis de fondo.

Vale la pena conciliar tres veces la misma información antes de enviarla: PDB contra registro de compras, registro de compras contra declaración mensual, y declaración mensual contra los libros electrónicos presentados.

Cuarto: sustentar el crédito solo con el comprobante

Este es el motivo de observación más costoso, porque no se resuelve con un escrito: se resuelve con documentación que debió generarse cuando ocurrió la operación.

Para las adquisiciones que sustentan el saldo, la administración evalúa la fehaciencia de la operación. Eso significa acreditar que el bien o servicio existió y fue destinado a la producción de lo exportado. Un comprobante correctamente emitido y anotado es necesario, pero no basta. Conviene tener también:

  • Trazabilidad del pago: medio de pago bancarizado, coincidencia de importes y fechas, y estado de cuenta.
  • Evidencia de la prestación: guías de remisión, contratos, órdenes de compra, ingresos a almacén, kardex, informes de servicio.
  • Vinculación con la exportación: que el insumo o servicio pueda asociarse al proceso productivo de la mercancía efectivamente exportada.
  • Verificación del proveedor: condición y estado del RUC a la fecha de la operación, y capacidad operativa razonable para prestar lo que facturó.

Cuando el proveedor resulta observado, el crédito se pierde aunque la empresa haya actuado de buena fe y haya pagado. Por eso la revisión del proveedor es un control previo, no un problema del proveedor.

Quinto: no anticipar el orden de compensación

Antes de que exista algo por devolver, el Saldo a Favor Materia del Beneficio se compensa automáticamente contra la deuda por pagos a cuenta y por regularización del Impuesto a la Renta. Si no hubiera Impuesto a la Renta por pagar, o si quedara un remanente, recién entonces la compensación alcanza a otras deudas tributarias que constituyan ingreso del Tesoro Público, siempre que la empresa tenga la condición de contribuyente respecto de esos tributos.

Muchas empresas presentan la solicitud sin haber corrido esta secuencia y descubren después que buena parte del saldo ya estaba comprometido. El efecto sobre la proyección de caja no es menor.

Una recomendación de fondo

La auditoría preventiva del saldo, hecha antes de presentar la solicitud, cuesta una fracción de lo que cuesta atender una fiscalización posterior, y cambia el punto de partida: se llega a la solicitud con el expediente armado, no reaccionando a los requerimientos.

En exportadores con solicitudes recurrentes, la diferencia entre un proceso ordenado y uno improvisado se mide directamente en meses de capital de trabajo.


Este artículo tiene finalidad informativa y no constituye asesoría tributaria para un caso concreto. Las tasas, topes y procedimientos deben verificarse a la fecha de la operación.

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